Si usted vive en los Estados Unidos ¿puede pedir refugio en Canadá?

Por Vilma Filici

filici@filici.com

 

TORONTO. Es de todos conocido que las medidas en contra de los inmigrantes que está tomando el presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, ha enrarecido el ambiente del país vecino y ya está teniendo sus efectos en nuestras fronteras. Uno de ellos es el creciente tráfico de refugiados que ha surgido y que, según los expertos, podría desencadenar una avalancha de solicitantes de refugio en Canadá.

Porque a medida que aumenta el temor a la deportación de refugiados en Estados Unidos, una oleada de solicitantes de refugio se está dirigiendo hacia Canadá, donde dicho sea de paso están encontrando una frontera cada vez más difícil de cruzar.

Según datos oficiales, en abril de este año 494 solicitantes de refugio estadounidenses no elegibles fueron devueltos desde la frontera canadiense en virtud del Acuerdo de Tercer País Seguro (Canada-U.S. Safe Third Country Agreement, STCA), el cual prohíbe a la mayoría de las personas solicitar refugio en Canadá en la frontera. Esto representa un aumento del 76 % en comparación con los 280 de enero.

De igual forma, el número de solicitantes de refugio procesados por la Agencia Canadiense de Servicios Fronterizos (CBSA) se ha disparado un 87 % entre enero y abril.

Hay que recordar que en marzo de este año el gobierno de los Estados Unidos suspendió el estatus legal protegido para los refugiados de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela, lo que probablemente esté detrás de este aumento, según los expertos.

Cuando el gobierno de los Estados Unidos suspendió el 25 de marzo de 2025 la protección para los ciudadanos cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos, la cual les permitía permanecer en el país durante dos años, al mes siguiente las solicitudes de asilo procesadas por la CBSA aumentaron de 2,940 a 4,560.

Luego, un juez federal bloqueó la orden del Presidente Trump en abril, y los datos de la CBSA muestran una disminución en las expulsiones de refugiados en la frontera en mayo tras la orden judicial.

Sin embargo, la Corte Suprema de Estados Unidos revocó el fallo el 30 de mayo, lo que reavivó el temor a la deportación de migrantes en un limbo legal, por lo que se estima que alrededor de 532,000 refugiados de los cuatro países corren el riesgo de ser expulsados de Estados Unidos mientras continúa la disputa judicial. Esto presagiaría una nueva oleada hacia la frontera canadiense, pero la situación en la frontera canadiense no es fácil para estos solicitantes de refugio.

Ante esta situación, diversas organizaciones comunitarias canadienses están trabajando una guía para establecer los posibles problemas de elegibilidad que pueden encontrar las personas que viven en Estados Unidos y que desean venir a Canadá. Es importante que quienes estén en esta situación conozcan esta información, que sepan quien puede y quien no puede pedir refugio en la frontera canadiense viniendo de los Estados Unidos, para asegurar que las decisiones que estén tomando sean las adecuadas.

Uno de los principales problemas que destacan las organizaciones comunitarias es la existencia del Acuerdo de Tercer País Seguro.

Este establece que las personas que deseen presentar una solicitud de refugio en Canadá en una frontera terrestre oficial con Estados Unidos no serán elegibles a menos que cumplan con una excepción del Acuerdo de Tercer País Seguro.

Las excepciones incluyen a las personas que:

– Tienen un familiar de referencia en Canadá (cónyuge -incluida la unión libre-, hermano, padre/madre, tutor legal, hijo/a, tío/a, sobrino/a, abuelo/a, nieto/a) con estatus migratorio en Canadá: ciudadano/a, residente permanente, persona protegida, solicitante de refugio, con aprobación de H&C, titular de un permiso de trabajo o de estudio);

– Son menores no acompañados sin tutor legal en Canadá o Estados Unidos.;

– Son titulares de una visa canadiense válida o están exentos de la necesidad de visa (por ejemplo, ciudadanos de la Unión Europea);

– Han sido clasificados como una exención de interés público (están sujetos a la pena de muerte en Estados Unidos u otro país);

Otro problema es la Inelegibilidad para el grupo de países conocido como “Five Eyes” (Australia, Canadá, Nueva Zelanda, Reino Unido y los Estados Unidos):

– Una persona no es elegible para presentar una solicitud de refugio si ha iniciado una solicitud de refugio (procedimiento de asilo) en un país de “Five Eyes”. Sin embargo, aún podría ser elegible para realizar una Evaluación de riesgos previa a la remoción (Pre-Removal Risk Assessment, PRRA) mejorada una vez que se encuentre en Canadá.

– La CBSA determina esto mediante la información biométrica compartida entre los países de “Five Eyes”. (No se toman datos biométricos de menores de 14 años. Por lo tanto, incluso si los menores de 14 años han iniciado una solicitud de refugio en Estados Unidos, podrán presentar una solicitud de refugio en Canadá).

– Una persona que no sea elegible por este motivo puede ingresar a Canadá y presentar una PRRA si cumple con una excepción al STCA.

– Sin embargo, a los familiares acompañantes que no cumplan con las excepciones (por ejemplo, un cónyuge que no tenga un familiar de referencia en Canadá) no se les podría conceder la PRRA en el punto de entrada, pero podrían ser devueltos.

Pero ¿Qué constituye iniciar una solicitud de refugio en Estados Unidos?: Para iniciar una solicitud de refugio, la persona deberá haber presentado el formulario I-589: “Solicitud de Asilo y Suspensión de la Deportación”. Hasta ahora, esta es la definición que la CBSA ha dado a una solicitud de asilo.

¿Cómo la persona puede saber si ha presentado una solicitud de asilo?

– Revise sus formularios: Puede pedirle a la persona que vea cualquier documento que haya recibido del gobierno de Estados Unidos si no está segura de lo que ha hecho. El formulario i-589 (12 páginas) se puede consultar en el sitio web del gobierno de Estados Unidos: https://www.uscis.gov/sites/default/files/document/forms/i-589.pdf

– Llame a la línea directa de EIOR: Si la persona fue detenida al ingresar a Estados Unidos, probablemente se encuentre en proceso de deportación y en el sistema judicial de inmigración. La persona (o usted) puede llamar a la línea directa automatizada de EIOR (1-800-898-7180) con su número A (similar al UCI en Estados Unidos) para averiguar si tiene algún proceso judicial pendiente.

– Si el sistema telefónico automatizado menciona asilo, esto confirma que la persona se encuentra en proceso de asilo en Estados Unidos.

– Pero tenga precaución: Si el sistema no menciona el asilo o indica que no está en la base de datos, esto no significa que no esté en proceso de asilo. Esta línea directa está dirigida específicamente a personas en proceso de deportación. Quienes ingresaron a Estados Unidos legalmente y presentaron una solicitud de asilo afirmativa (I-589), o quienes ingresaron ilegalmente, no fueron detenidos y presentaron una solicitud de asilo afirmativa (I-589), no figurarán en la base de datos. Sin embargo, aún se encuentran en proceso de asilo y no son elegibles en Canadá.

Otro elemento para considerar es si la persona se sometió a una entrevista de temor creíble en Estados Unidos.

– Una entrevista de temor creíble es una evaluación inicial para determinar si un caso tiene la posibilidad de obtener asilo en Estados Unidos, lo que permite que la persona sea liberada y luego opte por presentar un formulario I-589. Esta entrevista en sí no constituye una solicitud de asilo, sino que indica que se encuentra en proceso de deportación.

– Hasta el momento, la CBSA no ha considerado que una entrevista de temor creíble sea equivalente a una solicitud de asilo y ha determinado que quienes la han tenido (y no han presentado un formulario I-589) son elegibles para presentar solicitudes de refugio en Canadá. Sin embargo, algunos abogados de inmigración estadounidenses nos han advertido sobre los próximos cambios en los procedimientos de asilo en Estados Unidos que podrían afectar la clasificación de las entrevistas de temor creíble en el futuro.

– En al menos un caso que se conoce, un solicitante que se sometió a una entrevista de temor creíble en Estados Unidos fue determinado elegible para presentar una solicitud en Canadá en el punto de entrada. Posteriormente, recibieron una notificación de la Junta de Refugiados de Inmigración (IRB) de que se les conmutaría a una PRRA por haber presentado una solicitud de asilo en Estados Unidos. Esto fue impugnado en una Revisión Judicial por un abogado del Tribunal Federal de Canadá, con la opinión legal de un abogado estadounidense presentada como prueba. Esta fue revocada y el caso regresó a la IRB.