
Por Vilma Filici
filici@filici.com
TORONTO. En mi oficina hemos estado lidiando con una solicitud de ciudadanía durante los últimos tres años, y a pesar de haber mandado muchos correos preguntando al Departamento de Inmigración, Refugiados y Ciudadanía por qué está tomando tanto tiempo, averiguando si hay algún problema con el caso, no hemos tenido ningún tipo de información. Simplemente se limitan a decirnos que el caso está en proceso y que se tiene que esperar.
Obviamente, el cliente está muy ansioso, muy preocupado, y nos había estado llamando casi semanalmente preguntando qué es lo que está pasando, por qué el caso no se mueve, etc. Y, obviamente, creando mucha frustración también en nuestra oficina, porque no podemos obtener información para satisfacer nuestras preguntas ni las del cliente.
Bueno, sorpresa, sorpresa. Dos semanas atrás, el cliente nos llama y nos dice que se fue a hablar con su diputado federal, quien le consiguió información. Y por primera vez, nos dice algo que él ya sabía pero que no lo había compartido con nosotros. Resulta que en el 2012 yo hice este caso de refugio de este señor, que es de Guatemala. Él fue aceptado como refugiado y obtuvo su residencia permanente.
Entonces, lo que sucedió es que el diputado federal le dijo que el problema que hay con el caso es que está bajo investigación, porque hay una sospecha de que él regresó a Guatemala hace como cinco años, después de haber sido encontrado como refugiado de ese país. Y, obviamente, una persona cuando está pidiendo refugio está diciendo que tiene un temor bien fundado de persecución en ese país y que no puede regresar, y, por lo tanto, no puede entrar a su país nuevamente porque está contradiciendo todo lo que dijo, o puede ser que ya el temor no exista, lo cual deja abierto que a la persona se la pueda remover del país.
Él supuestamente se fue a México, y cuando regresó a Canadá, el oficial en el puerto de entrada le preguntó si había ido a Guatemala. El cliente le contestó al oficial que no, que él había pasado todo su tiempo en México y que su familia lo había venido a visitar a México. Entonces, el oficial le dijo: “Bueno, quiero ver dónde te quedaste en México. Si te quedaste en un hotel, quiero prueba de que te quedaste en un hotel; si te quedaste en una casa de familia, quiero prueba de que te quedaste en una casa de familia. Y también quiero que me mandes tu estado de tu tarjeta de crédito para confirmar que todos los gastos fueron en México”.
El cliente me confiesa que no pudo mandar esa documentación porque la realidad es que él cruzó por tierra con su documento de identidad y entró a Guatemala, y que entró el mismo día que llegó a México, y por lo tanto no pudo mandarle la documentación al oficial.
Entonces, en el momento que él pide la ciudadanía, lo que yo deduzco que sucedió es que hay anotaciones en el sistema y aparece como que hay una sospecha de que esta persona, este refugiado, regresó a su país de origen, y, por lo tanto, ahora empezaron una investigación.
Es terrible lo que sucedió. Es terrible porque siempre se les aconseja a los refugiados que no regresen al país de origen hasta no ser ciudadanos canadienses, porque les pueden quitar la residencia. Y es terrible también porque me ha puesto a mí y a mis asistentes en un estado de ansiedad, porque este caso no se movía. Hace tres años que se procesó y tendría que haber sacado su ciudadanía en un período de 12 meses, y esto no estaba sucediendo y no había una explicación.
Es muy importante insistir en que los refugiados que han llegado al país y se han convertido en residentes permanentes no pueden regresar a su país de origen, porque en el momento que piden refugio lo que ellos están diciendo es que tienen temor de estar en su país porque van a ser perseguidos o porque corren riesgos. Entonces, cuando voluntariamente regresan a su país, quiere decir que ese miedo ya no existe. Y hay un proceso que se llama el proceso de “Cessation” o Cesación, donde el Departamento de Inmigración o la Agencia de Servicios Fronterizos, cuando se dan cuenta de que un refugiado regresó al país de origen, escriben un reporte y se le pide al Consejo de Refugiados que revise el caso. La persona va a ser llamada a una audiencia donde el miembro del Consejo de Refugiados va a decidir si le quitan el estatus de refugiado a la persona o si hay razones para no quitarle el estatus.
Primeramente van a determinar si la persona fue al país de origen, y después tienen que determinar si le quitan el estatus de refugiado o no se lo quitan. En algunas instancias no se lo quitan, si hay una emergencia y la persona tuvo que regresar a su país por esa emergencia, y tomó medidas para asegurarse de que los agentes de la persecución no lo pudieran detectar cuando estaba en el país, que estuvo escondido, por ejemplo, que estuvo por un período de tiempo muy, muy corto, etc.
Pero si una persona no puede probar esto, entonces le van a revocar el estatus de refugiado, y como la residencia permanente le fue entregada porque fue aceptado como refugiado, le van a quitar también el estatus de residencia permanente y la persona va a quedar en un estatus inadmisible y con una orden de deportación, y va a tener que salir del país. No se puede apelar ante la Corte de Apelaciones de Inmigración, por lo tanto no se puede apelar por razones humanitarias y de compasión aduciendo el tiempo que la persona ha estado en el país, si tiene familia, etc. Lo más que puede hacer es una aplicación para que haya una revisión judicial ante la Corte Federal, y en este caso no se pueden argumentar razones humanitarias, por lo que las posibilidades de que le permitan quedarse son nulas.
En esta lógica, las personas deben entender de una vez que no pueden regresar al país de origen si han sido aceptadas como refugiadas, y que están poniendo en riesgo su estatus de residencia permanente en Canadá si lo hacen, ya que desde el 2012 el gobierno está activamente deportando a personas que, después de haber sido aceptadas y habérseles dado protección, regresaron a su país de origen.
Esto puede suceder también si la persona solicita un pasaporte en el consulado o en la embajada de su país de origen. Es menos frecuente que le quiten el estatus de refugiado y la residencia permanente si una persona pide un pasaporte del país de origen o hace una renovación del pasaporte del país de origen, pero ha habido casos en que sí lo han hecho, porque cuando se presentan a un consulado de su país, técnicamente es como si hubiesen regresado al país de origen.
La solución para evitar un problema es no salir, no ir al país de origen, aunque quieran hacerlo como en el caso de este señor, que creyó que no se iban a dar cuenta porque iba a entrar primeramente a México por aire y después entró por tierra a Guatemala. Porque si quieren investigar lo pueden hacer, y lo hacen, y se pueden dar cuenta de que la persona regresó a su país de origen.
Al final, la mejor solución es hacerse ciudadano canadiense en el momento que cumplan con los requisitos de tiempo, que para los refugiados generalmente son dos años después de que les dieron la residencia permanente. Hay que esperar a tener la ciudadanía, porque una vez que tienen la ciudadanía canadiense ya no les pueden quitar el estatus aquí en Canadá. Puede que al llegar a la frontera el oficial de inmigración se ponga enojado y les haga preguntas y los amenace, pero legalmente no hemos visto casos donde, después que son ciudadanos, les quiten el estatus en Canadá.